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Infinidad de veces hemos escuchado el término «derechos de autor» y aunque para muchos es algo que solo está ahí, para otros tantos representa el resguardo de su creatividad, del tiempo y el esfuerzo que pusieron en su trabajo.

Innumerables son los casos en los que algunas personas sacan ventaja de las ideas de otras, y aunque es algo que se ha dado en diferentes áreas laborales, en la industria musical representa las pérdidas de las regalías correspondientes.

Por esta razón, es importante que quienes se dedican a generar canciones (y cualquier otro tipo de obra) protejan sus creaciones. Esta entrada tiene como finalidad conocer cuáles son los derechos de los que gozan los autores y cómo deben ejercerlos.

Bien, tuviste un momento de inspiración y el resultado de ello es un tema. Automáticamente te conviertes en el «padre» de tu obra, y sólo tú decides en que momento la das a conocer, si se le pueden o no hacer cambios, y el principal derecho que tienes es que se te reconozca como el creador de la misma.

Para que el mundo sepa que fuiste tú quien creó la canción, es importante que se lo hagas saber al gobierno y que obtengas un papelito que diga que eres el autor. Este es un registro que obtienes en el INDAUTOR, y que te amparará ante futuros acontecimientos. Todos tus temas, con o sin letra, deben contar con un registro (preferentemente antes de ser dados a conocer), ya que como el documento que esta institución expide es de carácter declarativo, si se llegara a dar el caso de que alguien más reclama la autoría de tu tema, con registro y todo, tengas un elemento con cual comprobar que la obra es realmente tuya… ¡Ha pasado! En una situación de este tipo, quien haya registrado el tema primero, es a quien se le reconoce como el autor.

Realizar el trámite es muy sencillo, y puedes registrar una o varias canciones por el mismo precio. Aquí te dejo un enlace a la página oficial de INDAUTOR donde puedes consultar los costos del trámite y las modalidades para hacerlo. Si no vives en CDMX no es necesario que te des la vuelta hasta acá, pero si de todos modos tenías planeado venir a pasear, te sugiero que hagas el trámite personalmente, no te toma más de dos horas.

Imagen: Pixabay

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